ASOCIACIÓN NACIONAL DE MUNICIPALIDADES DE CIUDADES PUERTO CONCESIONADOS


  • Número: 44
  • RUT: 65.109.928-5
  • Año de constitución: 2015
  • Dirección: Blanco 1623, Of. 1101, Valparaíso
  • Fono: +56982426959
  • Correo electrónico: puertosconcesionados@gmail.com
  • Sitio web: http://www.amcpc.cl
  • Comuna: Valparaíso
  • Región: Valparaíso
  • Vigencia: 2028-05-29

Contactos de la asociación

Nombre Datos
Carlos Bannen +56982426959

Objeto
  • La atención de servicios comunes.
  • La ejecución de obras de desarrollo local.
  • El fortalecimiento de instrumentos de gestión.
  • La realización de programas vinculados al uso del borde costero, la protección del medio ambiente, el turismo, el fomento productivo, la salud, y a otros fines que le sean propios.
  • La capacitación y el perfeccionamiento de alcaldes, concejales, y funcionarios municipales, en temas vinculados a las ciudades puerto y su problemática.
  • La coordinación con instituciones nacionales y extranjeras, a fin de perfeccionar el régimen municipal de las ciudades puerto en particular las que tienen puertos concesionados.
  • Propiciar las iniciativas legales necesarias a objeto de procurar el mejoramiento en los ingresos de las ciudades puerto, a través de la actividad marítima portuaria.
  • Realizar estudios estratégicos para el desarrollo portuario de Chile.
  • Representar ante todo tipo de autoridades y organismos sean nacionales e internacionales los intereses de las ciudades asociadas.

Órganos de Dirección y de Representación y Titulares

I.Asamblea,  cuyas sesiones serán ordinarias y extraordinarias.

II.Directorio conformado por cinco miembros que durarán en sus cargos tres años. Comprende los cargos de Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario, y un Director.


Aportes financieros y demás recursos materiales

Estará formado por: a) los bienes que aportan los socios y los que adquieran a cualquier título; b) el valor de las cuotas de incorporación y cuotas periódicas ordinarias y extraordinarias que aporten los socios; c) las subvenciones que reciba del presupuesto de la Nación o de personas jurídicas o naturales; d) las donaciones, herencias, legados, erogaciones y fondos en general que obtengan de personas naturales o jurídicas nacionales, internacionales o extranjeras de derecho público o privado, de las municipalidades o de los organismos fiscales, semifiscales o de administración autónoma.


Resolución Exenta

RESOLUCIÓN EXENTA N° 8296/2015 ; SANTIAGO, 01/07/2015; TRAMITADO CON E28014/2014


Documentos

Documento Formato Tamaño
DIRECTORIO 2025 - 2028 pdf 2.48 MB
ESTATUTOS pdf 4.14 MB
RESOLUCIÓN EXENTA N° 8296.2015 DEL 01.07.2015.pdf pdf 1.21 MB