ASOCIACIÓN NACIONAL DE MUNICIPALIDADES DE CIUDADES PUERTO CONCESIONADOS
- Número: 44
- RUT: 65.109.928-5
- Año de constitución: 2015
- Dirección: Blanco 1623, Of. 1101, Valparaíso
- Fono: +56982426959
- Correo electrónico: puertosconcesionados@gmail.com
- Sitio web: http://www.amcpc.cl
- Comuna: Valparaíso
- Región: Valparaíso
- Vigencia: 2028-05-29
Contactos de la asociación
| Nombre | Datos |
|---|---|
| Carlos Bannen | +56982426959 |
Objeto
- La atención de servicios comunes.
- La ejecución de obras de desarrollo local.
- El fortalecimiento de instrumentos de gestión.
- La realización de programas vinculados al uso del borde costero, la protección del medio ambiente, el turismo, el fomento productivo, la salud, y a otros fines que le sean propios.
- La capacitación y el perfeccionamiento de alcaldes, concejales, y funcionarios municipales, en temas vinculados a las ciudades puerto y su problemática.
- La coordinación con instituciones nacionales y extranjeras, a fin de perfeccionar el régimen municipal de las ciudades puerto en particular las que tienen puertos concesionados.
- Propiciar las iniciativas legales necesarias a objeto de procurar el mejoramiento en los ingresos de las ciudades puerto, a través de la actividad marítima portuaria.
- Realizar estudios estratégicos para el desarrollo portuario de Chile.
- Representar ante todo tipo de autoridades y organismos sean nacionales e internacionales los intereses de las ciudades asociadas.
Órganos de Dirección y de Representación y Titulares
I.Asamblea, cuyas sesiones serán ordinarias y extraordinarias.
II.Directorio conformado por cinco miembros que durarán en sus cargos tres años. Comprende los cargos de Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario, y un Director.
Aportes financieros y demás recursos materiales
Estará formado por: a) los bienes que aportan los socios y los que adquieran a cualquier título; b) el valor de las cuotas de incorporación y cuotas periódicas ordinarias y extraordinarias que aporten los socios; c) las subvenciones que reciba del presupuesto de la Nación o de personas jurídicas o naturales; d) las donaciones, herencias, legados, erogaciones y fondos en general que obtengan de personas naturales o jurídicas nacionales, internacionales o extranjeras de derecho público o privado, de las municipalidades o de los organismos fiscales, semifiscales o de administración autónoma.
Resolución Exenta
RESOLUCIÓN EXENTA N° 8296/2015 ; SANTIAGO, 01/07/2015; TRAMITADO CON E28014/2014
Documentos
| Documento | Formato | Tamaño |
|---|---|---|
| DIRECTORIO 2025 - 2028 | 2.48 MB | |
| ESTATUTOS | 4.14 MB | |
| RESOLUCIÓN EXENTA N° 8296.2015 DEL 01.07.2015.pdf | 1.21 MB |