- La atención de servicios comunes.
- La ejecución de obras de desarrollo local.
- El fortalecimiento de los instrumentos de gestión, ordenamiento territorial, y normativa local atingente al territorio asociado.
- La realización de programas vinculados a la protección del medio ambiente, al turismo y a otros fines que sean propios a la gestión municipal, orientados hacia el bien común.
- La coordinación con instituciones nacionales e internacionales a fin de perfeccionar el régimen y gestión municipal, y promover el desarrollo del territorio.
I.Asamblea, cuyas sesiones serán ordinarias y extraordinarias.
II.Directorio conformado por cinco miembros que durarán en sus cargos dos años. Comprende los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y un Director.
a) las cuotas ordinarias anuales; b) las cuotas extraordinarias; c) los bienes muebles e inmuebles que adquieran a cualquier título, y los frutos civiles y naturales que ellos produzcan; d) por la venta de activos, donaciones entre vivos, asignaciones por causa de muerte que se le hicieren, legados, erogaciones, subvenciones y aportes provenientes de personas naturales o jurídicas, de las municipalidades o entidades públicas nacionales o internacionales; e) los bienes y recursos aportados por cada municipalidad, destinados al funcionamiento de la Asociación; y f) los ingresos obtenidos producto de la explotación de los bienes y servicios prestados.