I. La atención de servicios comunes;
II. La ejecución de obras de desarrollo local;
III. El fortalecimiento de los instrumentos de gestión;
IV. La realización de programas vinculados a la protección del medio ambiente, al turismo, a la salud o a otros fines que les sean propios;
V. La capacitación y el perfeccionamiento del personal municipal, como también de alcaldes y concejales.
VI. La coordinación con instituciones nacionales e internacionales, a fin de perfeccionar el régimen municipal;
I. Asamblea, ordinaria y extraordinaria.
II. Directorio conformado por quince miembros. Comprende los cargos de Presidente, Primer Vicepresidente, Segundo Vicepresidente, Secretario General, Tesorero, diez Directores. Durarán cuatro años en sus cargos.
Estará conformado por las cuotas de incorporación, las ordinarias, y las extraordinarias.
RESOLUCIÓN EXENTO Nº: 6324/2014 de fecha Santiago 02/07/2014. Tramitado con el expediente E3509/2014.