Coordinar y articular los esfuerzos y recursos necesarios para la búsqueda de soluciones a problemas y necesidades que sean comunes a sus socios, logrando el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles, y procurando la sustentabilidad y permanencia en el tiempo de iniciativas para el desarrollo y fortalecimiento integral del territorio que constituye la Provincia de Chiloé, basado en el respeto del entorno natural de su territorio y sus habitantes.
a) La Asamblea que podrá sesionar en forma ordinaria y extraordinaria.
b) Directorio conformado por diez miembros que durarán en sus cargos dos años. Comprende los cargos de: Presidente; Vicepresidente; Secretario; Tesorero; y Seis Directores.
c) Titulares provisorios:
i) Presidente: Marcos Patricio Vargas Oyarzún; Alcalde de la Municipalidad de Queilén.
ii) Vicepresidenta: Javiera Yáñez Rebolledo; Alcaldesa de la Municipalidad de Curaco de Vélez.
iii) Secretario: René Garcés Álvarez; Alcalde de la Municipalidad de Quinchao.
iv) Tesorero: Luis Macías Demarchi; Alcalde de la Municipalidad de Quemchi.
v) Primer Director: Juan Eduardo Vera Sanhueza; Alcalde de la Municipalidad de Castro.
vi) Segundo Director: Fernando Oyarzún Macías; Alcalde de la Municipalidad de Chonchi.
vii) Tercer Director: Álex Waldemar Gómez Aguilar; Alcalde de la Municipalidad de Dalcahue.
viii) Cuarto Director: José Rodrigo Ojeda Cárdenas; Alcalde de la Municipalidad de Puqueldón.
ix) Quinto Director: Cristian Felipe Ojeda Chiguay; Alcalde de la Municipalidad de Quellón.
x) Sexto Director: Carlos Gómez Miranda; Alcalde de la Municipalidad de Ancud.
a) Las cuotas de incorporación; b) Las cuotas ordinarias; c) Las cuotas extraordinarias; d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y los frutos civiles y naturales que ellos produzcan; e) Por la venta de activos; donaciones entre vivos; asignaciones por causa de muerte que se le hicieren; legados, erogaciones, subvenciones y aportes provenientes de personas naturales o jurídicas, de las municipalidades o entidades públicas, nacionales o internacionales; f) Los bienes y recursos aportados por cada municipalidad destinados al funcionamiento de la Asociación; g) Los ingresos obtenidos producto de la explotación de los bienes y servicios prestados.
Resolución Exenta N° 1841/2023 de fecha 17/02/2023. Tramitado con el expediente E30078/2022).