ASOCIACIÓN NACIONAL DE MUNICIPALIDADES DE CIUDADES PUERTO CONCESIONADOS

Número: 
44
Rut: 
65.109.928-5
Fono: 
Secretario Ejecutivo: Carlos Bannen 982426959
Dirección: 
Blanco 1623, Of. 1101, Valparaíso
Correo electrónico: 
puertosconcesionados@gmail.com
Objeto: 
  • La atención de servicios comunes.
  • La ejecución de obras de desarrollo local.
  • El fortalecimiento de instrumentos de gestión.
  • La realización de programas vinculados al uso del borde costero, la protección del medio ambiente, el turismo, el fomento productivo, la salud, y a otros fines que le sean propios.
  • La capacitación y el perfeccionamiento de alcaldes, concejales, y funcionarios municipales, en temas vinculados a las ciudades puerto y su problemática.
  • La coordinación con instituciones nacionales y extranjeras, a fin de perfeccionar el régimen municipal de las ciudades puerto en particular las que tienen puertos concesionados.
  • Propiciar las iniciativas legales necesarias a objeto de procurar el mejoramiento en los ingresos de las ciudades puerto, a través de la actividad marítima portuaria.
  • Realizar estudios estratégicos para el desarrollo portuario de Chile.
  • Representar ante todo tipo de autoridades y organismos sean nacionales e internacionales los intereses de las ciudades asociadas.
Órganos de Dirección y de Representación y Titulares: 

I.Asamblea,  cuyas sesiones serán ordinarias y extraordinarias.

II.Directorio conformado por cinco miembros que durarán en sus cargos tres años. Comprende los cargos de Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario, y un Director.

Aportes financieros y demás recursos materiales que municipalidades socias proporcionan a la asociación: 

Estará formado por: a) los bienes que aportan los socios y los que adquieran a cualquier título; b) el valor de las cuotas de incorporación y cuotas periódicas ordinarias y extraordinarias que aporten los socios; c) las subvenciones que reciba del presupuesto de la Nación o de personas jurídicas o naturales; d) las donaciones, herencias, legados, erogaciones y fondos en general que obtengan de personas naturales o jurídicas nacionales, internacionales o extranjeras de derecho público o privado, de las municipalidades o de los organismos fiscales, semifiscales o de administración autónoma.

Resolución Exenta que Aprueba Solicitud de Inscripción en Registro Único de Asociaciones Municipales: 

RESOLUCIÓN EXENTA N° 8296/2015 ; SANTIAGO, 01/07/2015; TRAMITADO CON E28014/2014

Documentos

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RESOLUCIÓN EXENTA N° 8296.2015 DEL 01.07.2015.pdf pdf 1.21 MB