Objetivos generales de la Asociación:
I. Atención de servicios comunes.
II. La ejecución de obras de desarrollo local.
III. El fortalecimiento de los instrumentos de gestión.
IV. La realización de programas vinculados a la protección del medio ambiente, al turismo, a la salud, o a otros fines que le sean propios.
V. La capacitación y el perfeccionamiento del personal municipal, como también alcaldes(as) y Concejales(as).
VI. La coordinación con instituciones nacionales e internacionales, a fin de perfeccionar el régimen municipal.
Objetivos específicos de la Asociación:
I. Impulsar acciones y mecanismos que permitan facilitar procesos de cooperación intermunicipal.
II. Liderar el desarrollo de estudios y programas de los diferentes temas que apoyan el trabajo municipal, tales como salud, educación, protección del medio ambiente, deportes, fomento productivo, calidad de servicios municipales, cultura, patrimonio y turismo, y otros fines que les sean propios.
III. Fortalecer el personal municipal a través de transferencias de tecnologías, cursos de capacitación y perfeccionamiento.
IV. Impulsar redes de coordinación y asociación con organismos públicos provinciales, regionales, nacionales e internacionales cuya finalidad sea el desarrollo de temas y desafíos de interés comunitario.
V. Desarrollar la asociación de municipalidades.
VI. Profundizar y promover los procesos democráticos entre los asociados y la sociedad civil de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins.
VII. La realización de cualquier actividad que la Asamblea o el Directorio determine que estime de interés para los municipios asociados y que se enmarque dentro de la legislación vigente.
I. Asamblea.
II. Directorio compuesto por siete miembros. Comprende los cargos de Presidente(a), Primer Vicepresidente(a), Segundo Vicepresidente(a), Secretario(a), Tesorero(a), y dos Directores(as). Los miembros durarán dos años en sus cargos.
Estará conformado por: a) la cuota de incorporación equivalente a cincuenta Unidades Tributarias Mensuales; b) las cuotas ordinarias; c) las cuotas extraordinarias.
RESOLUCIÓN EXENTA Nº: 1976/2014 de fecha Santiago 14/02/2014. Tramitado con el expediente E2377/2014.