I. La defensa de los intereses comunes de los municipios socios.
II. Colaborar en el diseño de políticas públicas relacionadas con los municipios.
III. Fortalecer técnica y administrativamente la gestión municipal.
IV. Promover el pluralismo en todas sus manifestaciones.
V. Perfeccionar y promover el desarrollo del sistema y normativa de autonomía municipal y colaboración.
VI. La capacitación de todo el personal municipal y las autoridades locales.
VII. Vincularse con otros organismos o entidades de cualquier tipo, públicos o privados, nacionales o extranjeros, para el mejor cumplimiento d sus fines.
VIII. Promover iniciativas de carácter local, regional o nacional, entre los municipios asociados.
IX. Participar en la solución y análisis de problemáticas comunes.
I. Asamblea General, conformada por las municipalidades socias.
II. Directorio conformado por siete miembros. Comprende los cargos de Presidente, Primero Vicepresidente, Segundo Vicepresidente, Tercero Vicepresidente, Cuarto Vicepresidente, Secretario, y Tesorero. Los cargos durarán cuatro años con posibilidad de 2 reelecciones.
III. Comité Ejecutivo compuesto por doce miembros.
Estará conformado por la cuota de incorporación, cuyo monto será fijado por el directorio anualmente; la cuota ordinaria anual que fije el Directorio para cada municipio, la que ha sido fijada por el Directorio Provisorio, en la suma anual de doscientos cincuenta mil pesos por cada mil millones de presupuesto municipal respecto de cada municipio asociado.
Resolución Exenta N° 12357/2013 de fecha 25/09/2013. Tramitado con el expediente E25611/2013.