a) Impulsar acciones y políticas que vayan en directo beneficio de la comunidad local.
b) Propiciar el trabajo de manera conjunta y coordinada entre las municipalidades asociadas en la ejecución de obras de desarrollo local, atención de servicios comunes, fortalecimiento de instrumentos de gestión, entre otros.
c) Estudiar, construir, contratar y mantener las soluciones viales concordadas por las municipalidades miembros.
d) Propender a la solución común de los temas anexos en las áreas limítrofes de las comunas asociadas, tales como áreas verdes, urbanización, viabilidad urbana y rural, transporte y tránsito público, señalización y nomas de tránsito, y uso del espacio público.
e) Estudiar, elaborar y ejecutar obras de desarrollo local que interesen a las municipalidades asociadas.
f) Fortalecer los instrumentos de gestión que interesen a las municipalidades asociadas.
g) Coordinar mecanismos para enfrentar problemas comunes en general.
I.- Asamblea
II.- Directorio conformado por cinco miembros, el que podrá ser integrado por Alcaldes y Concejales. Comprende los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y un Director que durarán cuatro años en sus cargos.
Cuota de incorporación equivalente a 100 Unidades de Fomento; Cuotas Ordinarias que anualmente acuerde la Asamblea en sesión ordinaria y Cuotas Extraordinarias que se acuerden por la Asamblea en sesión extraordinaria.
Resolución N° 13537/2012; Santiago 16/10/2012; Tramitado con el expediente E151390/2012.