a) La atención de servicios comunes.
b) La ejecución de obras de desarrollo local.
c) El fortalecimiento de los instrumentos de gestión.
d) La realización de programas vinculados a la protección del medio ambiente, al turismo, a la salud o a otros fines que le sean propios.
e) La capacitación y el perfeccionamiento del personal municipal, como también de alcaldes y concejales.
f) La coordinación con instituciones nacionales e internacionales, a fin de perfeccionar el régimen municipal.
a) La Asamblea que podrá sesionar en forma ordinaria y extraordinaria.
b) Directorio conformado por cinco miembros que durarán en sus cargos cuatro años. Comprende los cargos de: Presidente; Vicepresidente; Secretario; Tesorero; y Director.
c) Titulares provisorios:
i) Presidente: Roberto Neira Aburto; Alcalde de la Municipalidad de Temuco.
ii) Vicepresidente: Mario González Rebolledo; Alcalde de la Municipalidad de Padre Las Casas.
iii) Secretario: Alejandro Bizama Tiznado; Concejal de la Municipalidad de Temuco.
iv) Tesorero: Juan Francisco Nahuelpi Ramírez; Concejal de la Municipalidad de Padre Las Casas.
v) Directora: Evelyn Virginia Mora Gallegos; Concejala de la Municipalidad de Padre Las Casas.
a) La cuota de incorporación, que ascenderá a sesenta Unidades Tributarias Mensuales (UTM) con su equivalente en pesos chilenos en el mes de incorporación; b) Las cuotas extraordinarias que se determinen en sesión extraordinaria, a fin de emprender proyectos o servicios específicos, las que podrán ser de cargo de todos o algunos de los municipios; c) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y los frutos civiles y naturales que ellos produzcan; d) Por la venta de activos; donaciones entre vivos; asignaciones por causa de muerte que se le hicieren; legados, erogaciones, subvenciones y aportes provenientes de personas naturales o jurídicas, de las municipalidades o entidades públicas, nacionales o internacionales; e) Los bienes y recursos aportados por cada municipalidad, destinados al funcionamiento de la Asociación; y f) Los ingresos obtenidos producto de la explotación de los bienes y servicios prestados.
Resolución Exenta N° 3542/2022 de fecha 21/04/2022; Tramitada con el expediente E5126/2022.