I. La atención de servicios comunes.
II. La ejecución de obras de desarrollo local.
III. El fortalecimiento de los instrumentos de gestión.
IV. La realización de programas vinculados al turismo, a la salud, o a otros fines que les sean propios.
V. La capacitación y el perfeccionamiento del personal municipal, como también de alcaldes y concejales
VI. La coordinación con instituciones nacionales e internacionales, a fin de perfeccionar el régimen municipal”.
I.Asambleas ordinarias y extraordinarias.
II.Directorio compuesto por cinco miembros. Comprende los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y un Director, que durarán en sus cargos cuatro años.
a) Las cuotas de incorporación, cuotas ordinarias y cuotas extraordinarias; b) Por donaciones y legados; c) Por el producto de bienes o servicios; d) Por la venta de activos, por erogaciones y subvenciones; e) Por aportes provenientes de personas naturales o jurídicas, de las municipalidades o entidades públicas, nacionales o internacionales.
Resolución Exenta N° 2619/2014; Santiago 06/03/2014; Tramitada con el expediente E2619/2014