I. La defensa de los intereses comunes de las municipalidades asociadas.
II. Auxiliarse mutuamente utilizando todos los medios que le permitan las leyes para dar solución a problemas comunes y optimizar el uso de los recursos.
III. Pluralismo en la aceptación e integración de todas las posiciones y el común acuerdo como instrumento de las iniciativas directivas y como estilo de su funcionamiento y desarrollo.
IV. Fortalecimiento técnico de la gestión y administración municipal.
V. La capacitación y perfeccionamiento de los alcaldes, concejales, y personal municipal.
VI. El perfeccionamiento, promoción y desarrollo del sistema de autonomía municipal.
VII. La vinculación con órganos públicos y privados e instituciones u organizaciones regionales, nacionales e internacionales, para el cumplimiento de los fines propios.
VIII. Facilitar las soluciones de las problemáticas comunes que afecten a los Municipios.
I. Asamblea General, conformada por las municipalidades socias.
II. Directorio conformado por cinco miembros. Comprende los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y Primer y Segundo Director, que durarán dos años en sus cargos.
Estará conformado por las cuotas de incorporación, las ordinarias, y las extraordinarias. La cuota ordinaria anual corresponderá a 90 UTM, y la cuota de incorporación será equivalente al 100% de la cuota anual.
Resolución Exenta N° 8140/2013 del 17/06/2013. Tramitado con el expediente E15432/2013.