a) El fortalecimiento de los instrumentos de gestión, en beneficio de sus asociados. La capacitación y el perfeccionamiento de alcaldes, concejales y personal municipal. La vinculación con órganos públicos y privados e instituciones u organismos regionales, nacionales e internacionales, para el cumplimiento de los fines del presente convenio.
b) Promover las organizaciones regionales temáticas entre los Municipios.
I. Asamblea General de los asociados;
II. Directorio conformado por ocho miembros: cuatro alcaldes de Municipalidades socias y cuatro concejales nominados por sus respectivos concejos. Comprende los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y cuatro Directores. Durarán dos años en sus cargos.
No constan aportes iniciales o cuotas de incorporación materializadas efectivamente; verificándose, en estatutos, sólo la existencia de futuras cuotas de incorporación, ordinarias y extraordinarias, así como la incorporación al patrimonio de “Aquellas maquinarias adquiridas en el marco del Convenio que opera desde el año 1998 a la fecha, de Traiguén y Los Sauces, serán transferidas en propiedad a esta Asociación durante el primer semestre del año en curso, para lo cual dichas municipalidades deberán buscar la modalidad que mejor aplique.”.
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Resolución Exenta Nº: 9541/2012; Santiago, 25/07/2012; Tramitado con el expediente E139934/2012.