El Objetivo General será potenciar la materialización de un desarrollo integral sustentable de las comunas integrantes generando una capacidad interactiva de diseño, articulación, negociación, y gestión de recursos e instrumentos territoriales y sectoriales de fomento para el fortalecimiento competitivo del desarrollo integral del territorio, concordante con la planificación territorial comunal, intercomunal, y regional, en función de lineamientos estratégicos de desarrollo definidos por los municipios miembros.
Los Objetivos Específicos serán:
- Estimular la generación de oportunidades de acceso al trabajo dependiente e independiente para la comunidad residente, mediante acciones de fomento de las actividades económicamente viables, el turismo, la formación y capacitación pertinentes.
- Cautelar la calidad ambiental mediante acciones de control y mitigación de impactos negativos.
- Generar y desarrollar capacidades y condiciones a nivel de Asociación y Municipios para proponer, negociar, articular, y gestionar inversión pública y privada.
- Proyectar y propiciar la integración territorial de los municipios miembros.
- Estimular la participación de la comunidad en los procesos de desarrollo liderados por el Municipio.
- Promocionar a nivel regional la imagen de comuna y Asociación expresada en atributos y productos con denominación de origen.
- Fortalecer la capacidad municipal de administración territorial mediante la capacitación, apoyo técnico y colaboración interdisciplinaria entre los municipios miembros.
- Diseñar políticas destinadas a estimular la creación de microempresas bajo criterios urbanísticos, medioambientales, y sanitarios acordes con la realidad de cada comuna.
- Fomentar la cooperación e intercambio cultural y artístico.
- Estimular el desarrollo de actividad en el ámbito de deportes y recreación.
- En general, desarrollar actividades y acciones tendientes a la cooperación y complementación mutua.
I.Asamblea, cuyas sesiones serán ordinarias y extraordinarias.
II.Directorio conformado por ocho miembros que durarán en sus cargos cuatro años. Comprende los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y cuatro Directores.
Estará conformado por los aportes de las municipalidades en la forma y cuantía establecida para el financiamiento del presupuesto anual aprobado por la Asamblea, el que debe ser aprobado por cada concejo municipal según la normativa legal vigente; los aportes de las municipalidades socias cuando el financiamiento de los programas específicos lo requiera; los aportes del Gobierno de Chile y organismos internacionales; los recursos contemplados en la Ley de Presupuesto de la Nación; los aportes o contribuciones de instituciones y de personas naturales y jurídicas; los legados y las donaciones; los demás bienes que adquiera a cualquier título; la cuota ordinaria anual que aportará cada municipio se establecerá por acuerdo del Directorio cada año; la cuota de incorporación será equivalente al resultado que se obtuviere al dividir la suma obtenida en el inciso precedente, por la suma de doce; las cuotas extraordinarias que serán determinadas por el Directorio.
Resolución Exenta N° 2172/2015 de fecha 20/02/2015. Tramitado con el expediente E31215/2014 .