La ejecución de acciones conjuntas en materia de salud pública y la protección del medio ambiente. Especialmente trabajar, contratar, ejecutar, y/o planificar acciones o servicios orientados a la recolección, traslado y disposición de residuos sólidos domiciliarios o industriales, generados en las respectivas comunas asociadas. La construcción y ampliación del relleno sanitario ya sea en terrenos de propiedad común, de la Asociación o de las municipalidades asociadas. Efectuar la operación y/o administración del relleno sanitario, sin fines de lucro.
i. La Asamblea que podrá sesionar en forma ordinaria y extraordinaria.
ii. Directorio compuesto por seis miembros. Comprende los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Primer Director, y Segundo Director.
iii. La duración del Directorio será de dos años.
Las cuotas de incorporación, las ordinarias, y las extraordinarias; por las donaciones entre vivos o asignaciones por causa de muerte que le hicieren; por el producto de sus bienes o servicios; por la venta de sus activos y por las erogaciones y subvenciones que obtenga de personas naturales o jurídicas, de las municipalidades o del Estado, de los recursos contemplados en la Ley de Presupuesto, y por los demás bienes que adquieran a cualquier título.
Resolución Exenta N° 11772/2015; Santiago, 10/09/2015; Tramitado con el Expediente E14994/2015.