a) La defensa de los intereses comunes de los Municipios de Chile. b) Colaborar en el diseño de políticas púbicas relacionadas con los municipios. c) El fortalecimiento técnico de la gestión y administración municipal. d) La promoción del pluralismo como aceptación e integración de todas las posiciones. e) El perfeccionamiento, promoción y desarrollo del sistema de autonomía municipal. F) La capacitación y el perfeccionamiento de alcaldes, concejales y personal municipal. g) La vinculación con órganos públicos y privados e instituciones u organismos regionales, nacionales e internacionales para el cumplimiento de los fines propios. h) Promover las iniciativas de carácter regional o temático entre los municipios asociados. i) Facilitar la solución de problemáticas comunes que afecten a los municipios.
- La asociación tendrá un nivel nacional de organización a cargo de la Asamblea General de Socios, conformada por todas las municipalidades que conforman la Asamblea General de Socios; Un comité ejecutivo; Directorio, y Comisiones Técnicas.
- El Directorio está conformado por trece miembros; Comprende los cargos de Presidente, Primer Vicepresidente, Segundo Vicepresidente, Secretario General, Tesorero, y ocho Vicepresidentes. Durarán cuatro años en sus cargos.
El Patrimonio de la Asociación estará conformado por las cuotas de incorporación, las ordinarias, y las extraordinarias; por las donaciones entre vivos o asignaciones por causa de muerte que le hicieren; por el producto de sus bienes o servicios; por la venta de sus activos y por las erogaciones y subvenciones que obtenga de personas naturales o jurídicas, de las Municipalidades o del Estado, de los recursos contemplados en la Ley de Presupuesto de la Nación; y por los demás bienes que adquieran a cualquier título.
Resolución Nº: 11969/2012; Santiago, 10/09/2012; Tramitado con el expediente E150868/2012.