Asociación de Municipalidades de la Provincia de San Antonio (AMPSA).
- Número: 61
- RUT: 53.333.021-5
- Año de constitución: 2019
- Dirección: Calle Hermanos Tobar N° 335 Comuna de Cartagena
- Correo electrónico: ampsa2020@gmail.com
- Comuna: Cartagena
- Región: Valparaíso
- Vigencia: 2029-11-27
Contactos de la asociación
| Nombre | Datos |
|---|---|
| Octavio |
Werches Cepeda ampsa2020@gmail.com |
Objeto
a) La atención a los servicios comunes
b) La ejecución de obras de desarrollo local
c) El fortalecimiento de los instrumentos de gestión
d) La realización de programas vinculados a la protección del medio ambiente, al turismo y el fomento productivo, a la salud o a otros fines que le sean propios.
e) La capacitación y el perfeccionamiento del personal municipal, como también de Alcaldes y Concejales, y
f) La coordinación con instituciones nacionales e internacionales, a fin de perfeccionar el régimen municipal.
Órganos de Dirección y de Representación y Titulares
i) Asamblea General, integrada por el conjunto de sus socios activos.
ii) Directorio conformado por: Presidente; Vicepresidente; Secretario General; Tesorero; Primer Director; Segundo Director. Durarán cuatro años en sus cargos.
a) Directorio conformado por cinco miembros que durarán en sus cargos cuatro años. Comprende los cargos de: Presidente; Vicepresidente; Secretario; Tesorero; y Director.
i) Presidente: José Jofré Bustos; Alcalde de la Municipalidad de El Quisco.
ii) Vicepresidenta: Lidia Silva García; Alcaldesa de la Municipalidad de Cartagena.
iii) Secretario: Fernando Rodríguez Larraín; Alcalde de la Municipalidad de Santo Domingo.
iv) Tesorero: Omar Vera Castro; Alcalde de la Municipalidad de San Antonio.
v) Director: Alfonso Muñoz Vera; Alcalde de la Municipalidad de El Tabo.
vi) Director: Marco Antonio Candia; Alcalde de Algarrobo.
Aportes financieros y demás recursos materiales
Articulo 44 del Acta de constitución: Las cuotas sociales anuales de cada municipalidad socia se mantendrán en las mismas condiciones que el modelo de convenio actual, con montos de $3.000.000 por comuna socia al año.
Para el caso de las cuotas extraordinarias que debiesen aportar los asociados, el procedimiento de cálculo se realizará conforme a los convenios establecidos para cada caso, pero su procedencia será determinada en directorio ordinario o extraordinario llamado para tal efecto.
Resolución Exenta
Resolución exenta N° 9406/2019 de fecha 31/07/2019 tramitada por expediente E10880/2018
Documentos
| Documento | Formato | Tamaño |
|---|---|---|
| Contrata Secretario Ejecutivo 2024 - | 73.04 KB | |
| ESTATUTOS MODIFICADOS | 8.56 MB | |
| RED. ACTA DE REUNION DE DIRECTORIO DE AMPSA Rep. Nº 693-2024.pdf | 602.04 KB | |
| Resolución Personalidad Jurídica | 73.04 KB |