ASOCIACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE LA PROVINCIA DE IQUIQUE PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL Y DE RESIDUOS (AMPIGAR)
- Número: 57
- RUT: 69.287.410-2
- Año de constitución: 2018
- Dirección: Avda. Ramón Pérez Opazo 3125; Alto Hospicio; Región de Tarapacá
- Correo electrónico: contacto.ampigar.2018@gmail.com
- Vigencia: 2024-05-02
Contactos de la asociación
Objeto
Potenciar la sustentabilidad ambiental, la gestión integral de los residuos generados en las comunas socias, y su valorización, además, la realización de cualquier otra actividad relacionada, directa o indirectamente con las anteriores, y que los socios acuerden dentro del ámbito de la competencia municipal y en el ámbito medioambiental en términos amplios.
Órganos de Dirección y de Representación y Titulares
- Asamblea General.
- Directorio conformado por seis miembros que durarán en sus cargos dieciocho meses. Comprende los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y dos Directores.
- Titulares Provisorios:
- Presidente: Mauricio Alejandro Soria Macchiavello; Alcalde de la Municipalidad de Iquique.
- Vicepresidente: Patricio Elías Ferreira Rivera; Alcalde de la Municipalidad de Alto Hospicio.
- Secretario: Octavio Enrique López Avalos; Concejal de la Municipalidad de Iquique.
- Tesorero: Alejandro Millan Carreño; Concejal de la Municipalidad de Alto Hospicio.
- Director: Gonzalo Prieto Navarrete; Concejal de la Municipalidad de Alto Hospicio.
- Director: Felipe Gustavo Arenas Lamas; Concejal de la Municipalidad de Iquique.
Aportes financieros y demás recursos materiales
a) La cuota de incorporación que se fije por la asamblea; b) Las cuotas ordinarias que anualmente acuerde la asamblea en sesión ordinaria, de acuerdo con la fórmula que esta misma asamblea determine; c) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y los frutos civiles y naturales que ellos produzcan; d) Por la venta de activos, donaciones entre vivos, asignaciones por causa de muerte que se le hicieren, legados, erogaciones, subvenciones y aportes provenientes de personas naturales o jurídicas, de las municipalidades o entidades públicas, nacionales o internacionales; e) Los bienes y recursos aportados por cada municipalidad destinados al funcionamiento de la Asociación; f) Los ingresos obtenidos producto de la explotación de los bienes y servicios prestados; g) Los aportes del Gobierno de Chile y Organismos Internacionales destinados a la ejecución de proyectos específicos; h) Los demás bienes que adquiere a cualquier título.
Resolución Exenta
RESOLUCIÓN N° 1724/2018 DE FECHA 02/02/2018; TRAMITADO CON EL E2247/2018
Documentos
| Documento | Formato | Tamaño |
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| ESTATUTOS | 5.39 MB | |
| RESOLUCIÓN N° 1724.2018 DEL 02.02.2018.pdf | 113.4 KB |